El Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores (SOA)
Es un seguro social, solidario, universal y obligatorio para todos los vehículos inscritos en el Registro Público, motocicletas incluidas. Lo administra el Instituto Nacional de Seguros (INS) y se paga dentro del marchamo.[1]
¿Qué es?
El SOA existe desde septiembre de 1973 (Ley 5322) y desde entonces lo administra el INS. Hoy está regulado en el Capítulo III de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial n.º 9078, aprobada en 2012, que sustituyó a la Ley 7331.[1][2]
Cubre las lesiones y la muerte de las personas (peatones y ocupantes del vehículo) víctimas de un accidente de tránsito, exista o no responsabilidad del conductor.[1]
¿Quién debe tenerlo?
Todos los vehículos inscritos en el Registro Público. No se contrata por separado: es uno de los rubros del marchamo, el pago anual de los derechos de circulación. Para el marchamo 2026, la fecha límite de pago fue el 31 de diciembre de 2025.[1]
¿Qué cubre?
El límite puede duplicarse si se cumple alguna de estas condiciones:[1]
- la persona lesionada no está asegurada en el Régimen de Enfermedad y Maternidad de la CCSS;
- la persona lesionada es menor de 18 años;
- la vida de la persona lesionada está en riesgo, según el criterio del médico tratante.
No cubre los daños materiales a los vehículos ni a la infraestructura. Para eso existen seguros voluntarios.[3]
¿Cómo se paga y quién fija el precio?
- El INS propone cada año la tarifa del SOA mediante cálculos actuariales según el tipo de vehículo.[1]
- La Superintendencia General de Seguros (SUGESE) revisa y autoriza esas tarifas.[1][4]
- El propietario paga el marchamo. Del total, el INS retiene solo el rubro del SOA y el resto se traslada a las entidades correspondientes.[1]
¿Cómo se reclama?
- Busque atención médica. Las personas lesionadas se atienden en la Red de Servicios de Salud del INS.[3]
- Presente el reclamo ante el INS por sus canales oficiales (sucursales o grupoins.com).
- Respete el plazo: 8 días hábiles después del accidente, según el artículo 68 de la Ley 9078. Si hay circunstancias justificables, el plazo puede ampliarse.[1]
Preguntas frecuentes
¿El SOA cubre a peatones?
Sí. Cubre a peatones y a ocupantes del vehículo lesionados o fallecidos en un accidente de tránsito.[1]
¿Por qué el marchamo cuesta más que el SOA?
El marchamo incluye varios rubros. El principal es el impuesto a la propiedad de vehículos del Ministerio de Hacienda; el SOA es solo una parte.[1]
¿Qué pasa si los gastos superan el límite?
La normativa exige que el monto básico alcance al menos para el 90 % de las personas lesionadas; en 2023 alcanzó para el 90,5 %. Para su caso concreto, consulte directamente al INS.[3]
¿Puedo pagar el marchamo en este sitio?
No. Este sitio no cobra ni tramita. El pago se realiza por los canales oficiales del INS y las entidades autorizadas.